Actualmente existen diversas modalidades de Crowdfunding (o micromecenazgo) y vamos a estudiar cómo tributa cada una de ellas:

De inversión o préstamo

De inversión. Una primera alternativa es el “Crowdfunding de inversión” (o Equity Crowdfunding) reservada a las sociedades (SA y SL). En ella, los inversores captados a través de la plataforma de Crowdfunding adquieren participaciones en la empresa.

De préstamo. Otra alternativa habitual es el Crowdfunding de préstamo” (o Crowdlending ), a través del cual la plataforma de inversión capta a inversores que efectúan préstamos a la sociedad a cambio de un interés.

Apunte.  Como en otros préstamos, los intereses que la empresa satisfaga son un gasto deducible para ella; y los inversores que realizan el préstamo, deben tributar por ellos en su IRPF, integrándolos en la “base del ahorro”.

Con recompensa

Operación con IVA. Otra opción de financiación consiste en el “ Crowdfunding con recompensa”. A través de esta modalidad el inversor realiza una aportación en metálico y, a cambio, la empresa se compromete a entregarle un bien o un servicio (generalmente, los productos o servicios que comercializará).

¡Atención!  En estos casos la entrega en metálico se considera un pago anticipado de dichas operaciones, por lo que la empresa deberá emitir una factura y repercutir el IVA correspondiente, ingresándolo en Hacienda.

Ingreso. Por otro lado, la empresa deberá computar el ingreso correspondiente y tributar por él en el Impuesto sobre Sociedades (o en el IRPF si se trata de un empresario individual).

Apunte.  No obstante, si se pacta que la entrega o prestación se realizará pasado un tiempo, la cantidad recibida podrá contabilizarse como un anticipo de clientes, computándose como ingreso en el momento en que se realice la entrega o la prestación.

Sin recompensa

Donativo. La última modalidad es el “ Crowfunding sin recompensa”, en el que la empresa recibe donativos para su actividad. Esta modalidad puede darse en empresas que, a pesar de tener un fin lucrativo, desarrollan una actividad que beneficia a la sociedad o al medio ambiente (por ejemplo, una empresa que investiga en energías limpias). Apunte.  En estos casos:

  • Si quien recibe el donativo es una sociedad, ésta debe declarar un “mayor ingreso” y tributar por él en su Impuesto sobre Sociedades.
  • Si se trata de un empresario individual o autónomo, la cuantía recibida es una “donación” y debe tributar por el Impuesto sobre Donaciones (ISD).